Si hay algo que está cambiando a marchas forzadas en estos tiempos de ajustes y reinvenciones es la normativa ambiental. Distintas presiones empujan a los legisladores a flexibilizar, endurecer, simplificar, detallar, unificar, ampliar, liberalizar y no se qué más la legislación destinada a prevenir, controlar y paliar las interacciones de la actividad económica con el medio ambiente.
Hace un par de décadas, el reto estaba en conocer listados de valores límite: asegurando que las emisiones a la atmósfera o los vertidos de aguas residuales no superasen unos determinados parámetros de contaminación, podíamos estar tranquilos de operar dentro de la legislación ambiental. Pero la cosa se ha ido complicando. Limitar la cantidad de una sustancia que puede verterse por fábrica en un río no garantiza la protección del ecosistema asociado. Especialmente si está bien ubicado para industrias que, de un modo más o menos inevitable, generen esa sustancia en su actividad.
Y la legislación se adapta a esa realidad: ya no se trata de que un contaminante pueda o no ser vertido por las industrias de un sector concreto. La prioridad es mantener unas determinadas condiciones de calidad en el ecosistema de las que responsabilizaremos a todas las actividades asentadas en ese lugar y las que quieran ubicarse allí en el futuro.
El papel de la Administración también ha ido cambiando. Ahora la cosa va más de dejar hacer, y, si pasa algo, pedir cuentas. Menos legislación y más responsabilidades. Haz lo que quieras, pero prepara la cartera: donde antes tenías una tabla de sanciones tipificadas para una serie acotada de infracciones de la norma, ahora hay responsabilidad ilimitada por daños al medio ambiente. El nuevo enfoque en la legislación ambiental dice que el que contamina paga y repara. Eso sí, sin límite: restaurar hasta la situación en la que se encontraba el ecosistema antes de que llegaras por allí con tu fábrica. La gran libertad de operar con una mayor flexibilidad conlleva una gran responsabilidad: poder demostrar, llegado el caso, que se cumple con toda la legislación aplicable.
Ya no sirve de mucho aquello de memorizar una lista de sustancias y sus valores máximos de emisión. Hay que empaparse de los principios orientadores del Derecho ambiental y aplicarlos a la actividad. Saber que las tablas de parámetros contaminantes son meras orientaciones que pueden o no ser aplicables a nuestra actividad concreta, entender que el histórico de actividades desarrolladas en un emplazamiento condiciona sus requisitos legales actuales y que en el futuro deberemos responder por cada error cometido en el presente: los papeles rellenados para cumplir el expediente no nos van a salvar si nuestro suelo demuestra que no hicimos todo lo posible por evitar su contaminación.
La legislación ambiental cambia más de lo que nos dicen los titulares de prensa, con matices profundos que no pueden pasar desapercibidos para el profesional cuyas decisiones dependen de esa normativa. Con esa idea en mente ponemos en marcha una nueva edición del curso online de Legislación Ambiental, para la que hemos revisado cuidadosamente e incorporado las últimas novedades del sector ¿te apuntas?
3 respuestas a «Cambia la legislación ambiental, cambia la forma de aprenderla.»
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