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Legislación y normalización

No se pueden hacer barbacoas en los montes de la Comunidad de Madrid

Quizá estamos demasiado acostumbrados a los titulares sobre incendios forestales, incluso a aquellos que implican la pérdida de vidas humanas. También son cada vez más frecuentes las señales de alarma sobre los daños irreversibles sobre el patrimonio natural que implican, en un contexto de cambio climático, los incendios forestales. En un escenario de aumento de las temperaturas y cambios en la distribución de las precipitaciones, la recuperación de los ecosistemas quemados es algo más que cercano a la utopía.

Y si bien podríamos indignarnos y poner el grito en el cielo diciendo que pagan justos por pecadores, lo cierto es que el aumento de la presión de uso de los espacios naturales para el recreo necesita una regulación adecuada que limite riesgos innecesarios. Sobre todo aquellos que tienen consecuencias intolerables.

¿Disfrutar de tiempo en contacto con la naturaleza? Sí, claro. Pero de una forma respetuosa con el entorno y el derecho a otros usuarios –presentes y futuros- del disfrute de esos mismos paisajes que utilizamos de escenario para nuestras actividades al aire libre. Un bocata y una tartera nos pueden proveer las viandas cuando vamos de excursión. ¿Hay algo más campestre que la tortilla de patata o los filetes de lomo con pimientos fritos?

El caso es que desde este verano de 2017 ya no se pueden hacer barbacoas en los montes de la Comunidad de Madrid. Así se determina en el Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).

Esta norma establece que en todos los montes o terrenos forestales (y, además, en una franja que los circunda de anchura variable en función de la clasificación del suelo) está prohibido utilizar fuego para cocinar o calentarse.

Sí se contemplan una serie de acciones o actividades relacionadas con el fuego que serían susceptibles de autorización. Así pues, el Director General competente en materia de protección ciudadana podría autorizar el uso del fuego en los siguientes supuestos especiales:

  • Prácticas con fuego llevadas a cabo por el personal del Ministerio de Defensa o del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad.
  • Uso del fuego para cocinar y calentarse para los trabajadores forestales que estén realizando obras autorizadas en el monte.
  • Uso del fuego para cocinar y calentarse los trabajadores de edificaciones en construcción.
  • Empleo de fuego en fiestas y romerías tradicionales, eventos culturales, festejos o similares, distinto al lanzamiento de cohetes, fuegos artificiales y material pirotécnico, o lanzamiento de elementos artificiales que puedan provocar ignición (cohetes, fuegos artificiales, farolillos voladores, etc.).

Y ¿qué pasa con las barbacoas en áreas recreativas? Pues que están en terrenos forestales. Hasta ahora, en época de peligro bajo y salvo prohibición expresa por riesgo de incendio forestal, se permitía hacer barbacoas en estas instalaciones. La nueva norma fija la prohibición el uso de barbacoas, fijas o portátiles, durante todo el año.

Quizá recordemos con morriña alguna escena familiar alrededor de una parrilla llena de chuletas de cordero sobre unas buenas brasas de palotes recogidos por el campo. O alguna batalla de juventud alrededor de una paellera. Pero saber que no lamentaremos más muertes causadas por una imprudencia caprichosa justifica con creces esta prohibición.

5 respuestas a «No se pueden hacer barbacoas en los montes de la Comunidad de Madrid»

Discrepo con tu último parrafo culpando a las familias y amigos q van a disfrutar de un fin de semana de ser los causantes de incendios y por ende de desgracias… En mi opinion las barbacoas hechas en los lugares habilitados, rarisima vez han causado incendios, ten en cuenta q eran muchisimas las barbacoas q se hacían cada finde , llegabas a los lugares y si no ibas temprano no pillabas sitio!
Por ello y si te hubieses documentado un poco más, veras que la mayoría de los incendios son provocados, te pongo como ejemplo los casos del año pasado de Galicia, Asturias y Portugal donde parece ser q hay implicadas personal de bomberos ( otro ej en Tarragona y en Sicilia un equipo entero), no obstante la mayoría de los casos seran de los pirómanos, algún ganadero y hace años intereses de constructoras . Pero vamos q cierres tu artículo con ese comentario para justificar la prohibicion de la administración cuando ésta no gasta dinero en prevención de incendios en montes, no tiene precio. Saludos.

Gracias por tu comentario Ricsua,

No culpo a las familias y amigos de ser causantes de desgracias. Una sociedad urbana que ha perdido el contacto con la naturaleza y con el manejo del fuego me parecen motivo suficiente para legislar prohibir conductas de riesgo. Más cuando no se presta atención a las condiciones ambientales o no se respeta a la autoridad competente. Es una pena que olvidemos tan rápido que uno de los incendios con más impacto en términos de vidas humanas y de patrimonio natural arrasado lo causasen unos excursionistas que hacían barbacoa en un lugar habilitado.

Que no esté de acuerdo con cómo los políticos gestionan los recursos para el medio natural es otra cuestión, que también he tratado en el blog.

Saludos,

Alberto

Hola alvizlo no voy a entrar en una discusión sobre este tema y de paso desconozco el incendio al que te refieres, no obstante te dejo una información con datos más o menos objetivos de quienes son estadísticamente los causantes de los incendios en españa http://www.europapress.es/sociedad/medio-ambiente-00647/noticia-cuales-son-principales-causas-incendios-forestales-20170904140511.html , siendo el 1,75% de los incendios causados por el uso ludido del monte.
Dicho esto, estoy de acuerdo contigo en legislar las conductas de riesgo pero si nuestros legisladores quisiesen trabajar en vez de prohibir, sólo tendrían que imitar o copiar lo que se hace en países más desarrollados que España donde adecuan correctamente zonas para hacer barbacoas, minimizando casi al 0% el riesgo de provocar un incendio por negligencia. Saludos.

Ricsua, sencillamente no comparto tu percepción sobre el riesgo que implica encender fuego en el medio natural, en cualquier caso gracias por tus comentarios.

alvizlo, los datos que comparte ricsua provienen del ministerio de agricultura y pesca. No se trata de una percepción suya como comentas. Es más en su mensaje no se aprecia ninguna opinión personal suya sobre el riesgo que implica encender fuego en el monte (con la que dices no estar de acuerdo).
su opinión sobre los riesgos de hacer fuego en el monte .
Vamos que no me queda claro con que parte de su mensaje estas en desacuerdo, si con las estadísticas del ministerio (hechos objetivos), o con una opinión sobre los riesgos de hacer fuego en el monte que nunca ha llegado a compartir con nosotros.

Saludos.

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