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Legislación y normalización

Recomendaciones europeas para el fracking (2/4)

Continuando con la introducción sobre la Recomendación de la Comisión de 22 de enero de 2014 relativa a unos principios mínimos para la exploración y producción de hidrocarburos (como el gas de esquisto) utilizando la fracturación hidráulica de alto volumen, abordamos consideraciones previas a la instalación y explotación de hidrocarburos mediante fracking.

Planificación estratégica y evaluación de impacto ambiental:

La Recomendación dice que antes de autorizar una exploración o producción de hidrocarburos que puedan dar lugar a la aplicación de la fracturación hidráulica de alto volumen, los Estados miembros deben preparar una evaluación ambiental estratégica para prevenir, gestionar y reducir los impactos y los riesgos para la salud humana y el medio ambiente conforme a la Directiva 2001/42/CE, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Fracking
En este sentido, los Estados miembros deben establecer normas claras sobre:

  • posibles restricciones de actividad, tales como en zonas protegidas o expuestas a inundaciones o a seísmos,
  • distancias mínimas entre las operaciones autorizadas y las zonas residenciales y las zonas de protección de las aguas,
  • limitaciones en relación con la profundidad mínima entre la superficie que va a fracturarse y las aguas subterráneas.

Igualmente, los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para garantizar que se realice una evaluación de impacto ambiental sobre la base de los requisitos de la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

Esta planificación y evaluación no se ciñe a una actuación administrativa, requiere, según la Recomendación, que los Estados miembros brinden a la población afectada la oportunidad real de participar desde el principio en el desarrollo de la estrategia y de la evaluación de impacto.

Evaluación de riesgos y estudio de referencia:

La Recomendación establece dos herramientas básicas, que junto con las consideraciones sobre responsabilidad medioambiental y garantías financieras que veremos más adelante en esta misma serie, para garantizar la prevención de los posibles daños causados por la aplicación del fracking.

Shale gas well, Pennsylvania USAUna evaluación de riesgos, basada en datos suficientes que permitan caracterizar la superficie potencial donde van a realizarse la exploración y la producción e identificar todas las posibles vías de exposición, evaluando el riesgo de fugas o migraciones de fluidos de perforación, fluidos de fracturación hidráulica, material en estado natural, hidrocarburos y gases desde el pozo o la formación objetivo, así como el riesgo de sismicidad inducida. Esta evaluación de riesgos debe:

  • basarse en las mejores técnicas disponibles,
  • tener en cuenta los resultados pertinentes del intercambio de información organizado por la Comisión entre los Estados miembros, las industrias implicadas y las organizaciones no gubernamentales que promueven la protección del medio ambiente,
  • anticipar el comportamiento cambiante de la formación objetivo, las capas geológicas que separan el yacimiento de las aguas subterráneas y los pozos existentes u otras estructuras artificiales expuestas a las altas presiones de inyección utilizadas en la fracturación hidráulica de alto volumen y a los volúmenes de fluido inyectados,
  • respetar una distancia mínima de separación vertical entre la zona que va a fracturarse y las aguas subterráneas,
  • actualizarse durante las operaciones cuando se obtengan nuevos datos.

Como resultado, un emplazamiento solo debe seleccionarse si la evaluación de riesgos demuestra que el fracking no va a provocar un vertido directo de contaminantes a las aguas subterráneas ni va a causar daños a otras actividades que se realicen en las proximidades de la instalación.

UntitledUn estudio de referencia, determinando el estado medioambiental (situación de referencia) del emplazamiento de la instalación y de la superficie circundante y el subsuelo afectados potencialmente por las actividades, antes del comienzo de las operaciones. La situación de referencia debería contener información sobre:

  • la calidad y las características de flujo de las aguas superficiales y subterráneas,
  • la calidad del agua en los puntos de extracción de agua potable,
  • la calidad del aire,
  • la condición del suelo,
  • la presencia de metano y otros compuestos orgánicos volátiles en el agua,
  • la sismicidad,
  • los usos del suelo,
  • la biodiversidad,
  • el estado de las infraestructuras y edificios,
  • los pozos existentes y las estructuras abandonadas.

Este estudio de referencia será clave tanto para valorar el seguimiento de la fase de producción, como para establecer las condiciones de clausura y, en su caso, la exigencia de responsabilidades por daños al medio ambiente que desarrollaremos en las siguientes entradas sobre esta cuestión.

3 respuestas a «Recomendaciones europeas para el fracking (2/4)»

Gracias por los resúmenes Alberto.

Como bien dices, una pena que esto se haya quedado en una Recomendación. Si todo esto sigue adelante, ojalá no, preveo algunas de las respuestas de las Administraciones cuando se pida lo que dice la Recomendación: «No es vinculante».

Por otro lado, el tema de la evaluación de riesgo y estudio de referencia, es algo tremendamente lógico que se debiera de pedir, incluso ahora con los permisos de exploración. Ya que se explora el hidrocarburo, que se establezca la situación de partida.

La verdad que es un poco de chiste que se le pida el Informe Base a una IPPC y que en estos casos estemos con «recomendaciones».

Tomás,

La recomendación se da 18 meses para comprobar si es eficaz y es necesario tomar nuevas medidas. Espero que durante este tiempo nos pongamos las pilas y seamos capaces de conseguir que los aspectos críticos de las recomendaciones pasen a ser instrumentos jurídicos vinculantes. (Suena de fondo música de la Cabra Mecánica «…no me llames iluso…»).

Gracias por tu comentario.

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