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Administración Legislación y normalización

Reutilización de la información del sector público

El sábado 17 de noviembre de 2007 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. Si la información es poder y la reutilización es una de las primeras consignas para la conservación del medio ambiente, seguro que esta es una buena noticia: ¿más poder y más ecológico para la ciudadanía?

La norma, que incorpora al ordenamiento jurídico nacional una directiva de 2003, establece el régimen jurídico para que los documentos de las Administraciones y organismos del sector público sean reutilizables fuera de la actividad administrativa pública. Fija tres modalidades de reutilización:

– Sin condiciones.
– Con condiciones establecidas en licencias – tipo.
– Previa solicitud, con o sin licencia.

Las condiciones incorporadas en las licencias deberán:

– Ser claras, justas y transparentes.
– No deberán restringir las posibilidades de reutilización ni limitar la competencia.
– No deberán ser discriminatorias para categorías comparables de reutilización.

Define como reutilización el uso de documentos que obran en poder de las Administraciones y organismos del sector público, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública.

Abre la reutilización de documentos a todos los agentes potenciales del mercado, estableciendo la prohibición de derechos exclusivos a favor de terceros salvo que sean necesarios para la prestación de un servicio de interés público.

Me parecen realmente interesantes las condiciones de reutilización de la información de las Administraciones:

– Que el contenido de la información no sea alterado.
– Que no se desnaturalice el sentido de la información.
– Que se cite la fuente.
– Que se mencione la fecha de la última actualización.

Contra el incumplimiento de los distintos aspectos regulados en la ley se establece un régimen sancionador.

Sin ser experto en la materia, entiendo que esta norma puede suponer la incorporación de licencias del estilo Creative Commons a determinadas publicaciones de la Administración. A escala europea se trabaja en la EUPL (Licencia Pública de la Unión Europea). Tampoco se si la nueva ley resuelve el problema de Juan Freire con las licencias para la liberación de bases de datos geográficas.

En materia de medio ambiente, al margen de las consideraciones sobre cartografía temática, esta nueva norma seguramente se llevará bastante bien con la vigente Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Sobre todo para evitar que la desnaturalización del sentido de la información y la alteración de su contenido sirvan como temerarios argumentos comerciales o para eliminar abusivas cláusulas en contratos de servicios de recogida de residuos. Pero eso ya es otro tema.

Y dicho todo esto, me piro a ver si aprendo algo nuevo (no se si falta me hace, pero desde luego que me interesa) sobre gobierno electrónico y nuevos derechos humanos.

3 respuestas a «Reutilización de la información del sector público»

tu crees que seremos capaces de que esto funcione alguna vez?
y una curiosidad, la hora que aparece en el encabezado es cuando lo cuelgas? Qué valor!!!

Lo de la hora no lo puedo confirmar, creo que hay desfase entre la hora del servidor y la hora real (tu comentario aparece como publicado a las 5:22 pm y ahora son las 17:00). Seguro que funcionará si queremos que funcione.

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