Leyendo el Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente.
Ayer se le tocó el turno en el Consejo de Ministros y hoy se publica en el Boletín Oficial del Estado. Ya es oficial y público el Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente. En un primer vistazo diagonal no parece tan urgente ni tan sostenible como pretende, pero estas cosas hay que leerlas con mucha calma y apenas está saliendo la primera de las doce páginas del texto por mi impresora.
El nuevo texto introduce modificaciones en las siguientes normas:
- Texto refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Básicamente las medidas tienden a recuperar el poder central del Estado en materia de aguas y espacios protegidos. Igualmente, en materia de residuos se da un balón de oxígeno un modelo de gestión que no está funcionando a la vista de las estadísticas maquilladas que ofrece. Las disposiciones que sí parecen más urgentes, según la información de los últimos días, son las que se refieren al desarrollo del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
Lo que me apena de esta norma es que el Gobierno ha demostrado un fuerte desprecio a las previsiones de la normativa europea y estatal sobre participación pública en procesos de toma de decisiones en materia de medio ambiente. Desde que se anunció que se aprobarían modificaciones en la legislación ambiental, hemos visto a distintos grupos de interés protestando por lo que les afectaba a cada uno pero, ni ecologistas ni profetas de la recogida separada de envases, han reclamado un proceso abierto a toda la sociedad para la modificación, tal y como está previsto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente:
Para promover una participación real y efectiva del público en la elaboración, modificación y revisión de los planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio ambiente, las Administraciones Públicas, al establecer o tramitar los procedimientos que resulten de aplicación, velarán porque:
a) Se informe al público, mediante avisos públicos u otros medios apropiados, como los electrónicos, cuando se disponga de ellos, sobre cualesquiera propuestas de planes, programas o disposiciones de carácter general, o, en su caso, de su modificación o de su revisión, y porque la información pertinente sobre dichas propuestas sea inteligible y se ponga a disposición del público, incluida la relativa al derecho a la participación en los procesos decisorios y a la Administración pública competente a la que se pueden presentar comentarios o formular alegaciones.
b) El público tenga derecho a expresar observaciones y opiniones cuando estén abiertas todas las posibilidades, antes de que se adopten decisiones sobre el plan, programa o disposición de carácter general.
c) Al adoptar esas decisiones sean debidamente tenidos en cuenta los resultados de la participación pública.
d) Una vez examinadas las observaciones y opiniones expresadas por el público, se informará al público de las decisiones adoptadas y de los motivos y consideraciones en los que se basen dichas decisiones, incluyendo la información relativa al proceso de participación pública.
Quizá la norma publicada hoy no altere significativamente el régimen jurídico del medio ambiente, (ya os lo contaré cuando me lo lea despacio), pero si es un indicador claro del deterioro democrático que vivimos, donde no interesa para nada la opinión de los ciudadanos afectados y se legisla, en lugar de para defender el interés general, para contentar a "los mercados" y a los grupos de poder.
Nueva edición del curso ISM de legislación ambiental.
Estos días estamos empezando una nueva edición del curso de legislación ambiental en el Instituto Superior del Medio Ambiente (ISM). Es un curso a distancia, a través del campus virtual de ISM. Cuando Santiago Molina me propuso participar en el proyecto pensé que estaba loco ¿un curso on-line de legislación ambiental? ¿quién va a querer hacer eso? Por mi trayectoria profesional se lo importante que es conocer y cumplir la legislación ambiental en cualquier empresa, pero mi experiencia me había demostrado hasta ahora que no había mucha gente interesada en acercarse a las leyes, estudiar los reales decretos o saber qué relación tenían con las directivas y los reglamentos europeos o cómo se integraban en un sistema de gestión ambiental.
Es más, era mi nicho de especialización profesional, mi valor diferencial frente a otros profesionales muy buenos o muy especializados en aspectos técnicos, pero que obviaban la legislación y requerían de alguien que se la "tradujese" para poder incluirla en sus proyectos o para evitar problemas con la Administración o frente a clientes y proveedores.
A día de hoy ya van unas cuantas ediciones del curso, bastantes alumnos que se han acercado a ISM a completar su formación para poder entender y manejarse con la legislación ambiental que marca las condiciones básicas en las que tienen que desarrollar su actividad profesional en medio ambiente. A través de la plataforma virtual vamos desarrollando los contenidos y los ejercicios prácticos, con un foro, más o menos animado según la edición, en el que compartimos inquietudes y comentamos problemas cotidianos o las últimas noticias sobre los cambios en la legislación ambiental. A través de los canales privados de comunicación también se presentan dudas inconfesables que fueron el motivo del interés por el curso de algún profesional en activo.
Hay alumnos verdaderamente brillantes, que no tendrán ningún problema en encontrar un trabajo en este tiempo de crisis económica y ambiental en el que jugar fuera de las reglas del juego es totalmente insostenible y una estrategia que lleva, inevitablemente, al fracaso de las organizaciones que, por desconocimiento o como intento de reducir costes, ignoran la profusa, confusa y difusa legislación que regula aspectos tan variados como las autorizaciones necesarias para poner en marcha (o clausurar) una actividad, las emisiones gaseosas a la atmósfera, el vertido de aguas residuales o la gestión de residuos urbanos e industriales.
Así pues, vamos a por otra edición, en la que el equipo de profesionales que formamos el cuerpo docente del curso estamos a disposición de un nuevo grupo de alumnos, pendientes de dotarles con las herramientas necesarias para afrontar las curvas y los baches del camino del Derecho ambiental.
Erin Brockovich también tiene blog.
Ayer pusieron en la tele, por enésima vez, la película "Erin Brockovich". La primera ocasión en que me preguntaron por ella todavía no la había visto. Corría el año 2000 y yo estaba impartiendo mi primer curso serio de gestión de residuos: tropecientas horas en un programa para mujeres en situación de desempleo. Me perdí el estreno en el cine, pero elijo la prensa que compro por lo que trae de gancho: el DVD de la película con la que Julia Roberts ganó el Óscar a la mejor actriz en 2001 fue un buen reclamo. Y la oportunidad de satisfacer la curiosidad sobre el film.
He de decir que me encantan la actriz, el personaje (y el blog de Brockovich), la historia y la propia película. Narra una situación tristemente frecuente en lo relativo a la situación ambiental de muchas organizaciones. Ilustra uno de los muchos ejemplos de procesos industriales que son rentables gracias a que, con o sin intención, no internalizan parte de sus costes: los beneficios son para el empresario, pero las emisiones atmosféricas, los vertidos contaminantes, los residuos y otros riesgos más o menos desconocidos nos los repartimos entre todos, incluyendo las plantas y animales que viven alrededor de la industria, y no tan cerca.
En la película se expone un caso de contaminación con cromo hexavalente del acuífero del que se abastece una población, afectando a la salud de las personas que utilizan el agua contaminada en su vida cotidiana. Desde este planteamiento, se abordan las distintas dimensiones económicas, técnicas, legales, ambientales, y sociales del problema, tanto de un modo global como para cada uno de los implicados en el problema: las familias afectadas por la contaminación, el despacho de abogados que los asesora... y la propia Erin Brockovich, como protagonista de la película, cuya situación personal y profesional va evolucionando y se ve condicionada por su implicación en el caso. La componente social hace que esta peli tenga mucho más gancho que "Acción Civil", más centrada en la cuestión monetaria y la ética del abogado interpretado por Travolta.
A pesar de ser películas, son ejemplos de cómo ha ido evolucionando la conciencia ambiental y, en paralelo, la legislación sobre medio ambiente. Las repetidas catástrofes ambientales o la acción social contra situaciones especialmente dañinas para la salud de determinadas comunidades, han ido forzando sistemas de prevención y sanción para conseguir, poco a poco, que las industrias se ocupen de aquello que producen junto a sus bienes y no pueden colocar en el mercado. Pero a pesar de toda la conciencia ambiental, alarma social y legislación, todavía sigue saliendo cromo hexavalente por los grifos de la gente, los motores diesel aumentan la mortalidad en las ciudades, y cada vez parece que estamos más cerca de la primavera silenciosa descrita por Rachel Carson.
Afortunadamente, a pesar de que son muchas las empresas entregadas al greenwashing que siguen ignorando el cumplimiento de la legislación ambiental en su cadena de valor, contamos cada vez con más posibilidades de ser ciudadanos y profesionales formados e informados para participar en la elaboración de una legislación ambiental que proteja nuestra salud y nuestro entorno, exigir se cumpla en las organizaciones para las que trabajamos y ayudar, mediante nuestras denuncias, a la Administración a identificar, inspeccionar y sancionar a los infractores.
Y llegado a este punto, (ustedes me disculpen) sólo me falta publicitar el Curso de Legislación Ambiental Impartido por ISM, con el que colaboro y que empieza el próximo 17 de enero. Seguro que es una gran oportunidad de adquirir herramientas para identificar requisitos legales y aplicarlos en las organizaciones que sí se toman en serio el respeto al medio ambiente.
RLMA incluye resúmenes de normativa.
El Repertorio de Legislación de Medio Ambiente (RLMA) del Área de Información y Documentación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid incluye resúmenes de algunas de las normas que podemos encontrar en esta base de consulta de normativa ambiental.
Los primeros documentos disponibles son los que acompañaron los dos últimos boletines de información ambiental relativos a las últimas disposiciones legales publicadas e incluidas en RLMA. A modo de ejemplo, podemos encontrar un sencillo resumen que nos aproxima al Reglamento 66/2010 relativo a la Etiqueta Ecológica.
A pesar de la sencillez de su aspecto, RLMA es una potente herramienta de consulta, tanto para empresas como para ciudadanos particulares. La aplicación cuenta con un sistema de sugerencias para que los usuarios puedan hacer sus aportaciones y notificar oportunidades de mejora.
RLMA también tiene utilidad, para organizaciones que opten por la implantación y certificación de sistemas de gestión ambiental, tanto ISO 14001 como EMAS a la hora de cumplir con el punto relativo a identificar y mantener actualizados los requisitos legales ambientales que les sean de aplicación. En este sentido, RLMA aparece, por ejemplo, entre los buscadores de legislación que se proponen desde iniciativas como el Servicio Industria Verde de Alcalá de Henares.
Nativos digitales: con RSS de serie
Entre otras cosas, los nativos digitales son individuos que no necesitan tu tarjeta, ni te piden el correo electrónico: sabrán localizarte cuando quieran ponerse en contacto contigo.
La pregunta, en una aburrida clase de legislación sobre aguas, era: "¿existe algún tipo de newsletter o algo así para estar al día de esas modificaciones de la normativa?". Tal vez, algún día, llegaremos a ver el Wiki Oficial del Estado... mientras... menudo rollete seguir las normas, sus modificaciones, derogaciones...
El profesor, que hace años dejó de cobrar comisiones por promocionar SALDMA en cursos de postgrado y consciente de las limitaciones del RLMA, tarda unos segundos en reaccionar: "Para estar al día de las novedades legislativas podéis consultar a diario el boletín oficial, buscar en las páginas institucionales de las distintas administraciones, suscribir servicios privados..." "¿Sabéis que es RSS?"
En la respuesta estaba la clave: "No, no sabemos qué significa RSS, pero sabemos para qué sirve RSS"
Y se abrió un nuevo mundo de posibilidades ¿quieres estar al día de novedades legislativas en materia de medio ambiente y seguridad industrial? suscríbete a blogs de personas que hablen del tema, que no son pocas. Aquí algunas (pero sin olvidar que cualquier norma puede afectar de alguna manera al medio ambiente):
- Actualidad Jurídica Ambiental
Asuntos Legales y Cientificos (ALyCie)La propiedad intelectual enajenada es impropia- Sinapti
- Impresiones cotidianas de un abogado medioambiental
- Blog de noticias sobre transporte de mercancías peligrosas
También existe la posibilidad de suscribirse por RSS a algunos boletines oficiales, pero, sin lugar a dudas, es más aburrido.
¿No sabes qué es rss? Hubo un tiempo en que yo tampoco lo sabía. Aquí tienes un clásico, para los que no somos nativos digitales:
RLMA está en la web
RLMA es un proyecto en el que hemos echado unas cuantas horas en los últimos años. Un hijo tonto de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Es fruto del cruce de algún apartado del artículo 6 "Obligaciones específicas en materia de difusión de información ambiental" con un inciso del artículo 7 "Contenido mínimo de la información objeto de difusión".
El repertorio de legislación ambiental, RLMA para los amigos, es la respuesta del Área de Información y Documentación Ambiental de la Comunidad de Madrid a la necesidad de difundir, en el ámbito de sus competencias "Los textos de tratados, convenios y acuerdos internacionales y los textos legislativos comunitarios, estatales, autonómicos o locales sobre el medio ambiente o relacionados con la materia" y de adoptar "las medidas necesarias para garantizar que la información ambiental se haga disponible paulatinamente en bases de datos electrónicas de fácil acceso al público a través de redes públicas de telecomunicaciones".
La aplicación no deja de ser una base de datos que recopila legislación relacionada con el medio ambiente. Incluye disposiciones internacionales, europeas, estatales y autonómicas de interés para personas físicas o jurídicas en la Comunidad de Madrid.
A demás de ser de uso gratuito y de estar desarrollado y mantenido desde la Administración, la principal ventaja sobre otras opciones similares reside en la posibilidad de navegar por un árbol de relaciones entre las normas. De este modo, a partir de una consulta a una norma concreta podremos ver las modificaciones posteriores, así como consultar otros textos de interés vinculados de alguna forma con la norma de partida.
En menú de navegación en la web de RLMA incluye enlace para el envío de sugerencias.
No es todo lo 2.0 que podría: tal vez estaría bien que incluyese un canal rss (o varios por áreas temáticas y ámbitos de aplicación) para las novedades o que permitiese la inclusión de contenidos y comentarios por parte de los usuarios... ya se sabe que la Administración se toma su tiempo. De momento, menos da una piedra... si quieres participar, en lo que a normativa se refiere, no se te olvide consultar los proyectos normativos en información pública y presentar tus alegaciones.
Seguro que RLMA es de ayuda para la consulta e identificación de requisitos legales, tanto para empresas que estén implantando sistemas de gestión ambiental, como para otras organizaciones comprometidas con el desarrollo sostenible y asociaciones ecologistas o ciudadanos interesados en conocer sus derechos y deberes en materia de medio ambiente.
Por supuesto que la Comunidad de Madrid no es la única que cuenta con un servicio como este en su página web, pero de eso hablamos otro día.

