productor de sostenibilidad pintarlo de verde (o azul) únicamente cambiaría el color

12ene/123

Algunas dudas sobre si el Almacén Temporal Centralizado solucionará el problema del paro.

El alcalde de Villar de Cañas da palmas con las orejas. Este pueblo de Cuenca, no tan pequeño para lo que hay en la geografía nacional, ha sido elegido por el Consejo de Ministros para albergar el Almacén Temporal Centralizado (ATC), popularmente conocido como cementerio nuclear. Curioso que en una referencia oficial los argumentos para la ubicación de esta instalación son empleo y euros:

La previsión de inversión total es de unos setecientos millones de euros. Para la construcción de las instalaciones se estima un promedio diario de unos trescientos trabajadores durante los cinco años de la primera etapa, con algún pico de hasta quinientos trabajadores.

Al impacto ambiental o las posibles afecciones a la salud no se hace referencia, está feo que, con cinco millones de parados, alguien hable de los posibles efectos para la salud del transporte de los residuos de las centrales nucleares hasta el municipio conquense, su procesamiento y acumulación por los siglos de los siglos, amén. Ante la promesa de 300 puestos de trabajo, con algún pico de 500, han respondido, según la prensa unas 2000 personas. Basta abrir cualquier portal de empleo para ver el doble de canditados apuntados a una oferta de reponedor de supermercado o auxiliar administrativo, pero el sensacionalismo disfraza de éxito esa pobre resupesta:

Ante la avalancha de demandas, el Ayuntamiento de Villar de Cañas ha decidido pedir ayuda a la Cámara de Comercio e Industria de Cuenca, para que colabore en la gestión de los aproximadamente 2.000 currículos enviados toda la geografía española por personas que quieren acceder a uno de los puestos de trabajo que se ofertarán.

Y, por si no se cumple la previsión de empleo o por si acaso no se cubriera con mano de obra local, el Ayuntamiento se lava las manos:

El Ayuntamiento de Villar de Cañas, al no ser el encargado de la construcción de esta Infraestructura, no puede realizar ninguna contratación.

Este documento puede encontrarse en la del Ayuntamiento, en la que, haciendo un alarde de transparencia y participación plural, se enlaza a la plataforma de apoyo al ATC, pero no se mencionan las manifestaciones ni los movimientos contrarios a esta instalación.

Las preguntas, por ir cerrando esta entrada, que empieza a ser más larga de lo normal son:

7sep/110

Los gigantes nos la están metiendo doblada con la eólica.

Leo en la Comunidad ISM, vía @molcru, el titular El Tribunal Superior extremeño anula las DIA de parques eólicos paralizados por la Junta, el desarrollo de la noticia no deja lugar a dudas:

El Tribunal Superior de Extremadura ha dictado once sentencias por las que, de una forma u otra, tendrán el efecto inmediato de dar salida a instalaciones que estaban paradas desde 2008 hasta ahora. Aunque las sentencias se aplican en Extremadura pueden sentar un precedente por otros tribunales regionales. Los fallos tendrán un impacto económico relevante en las zonas elegidas para su instalación.

El Tribunal ha autorizado la instalación inmediata de seis parques porque obliga al Consejo de Gobierno a concederla al decidir el propio tribunal la viabilidad medioambiental y urbanística de las plantas. Aunque la Junta recurra al Supremo, los parques pueden pedir la ejecución provisional.

Es decir, como están de moda los empleos verdes, como tenemos encima una crisis que no mueve ni un duro, como no sabemos gestionar la emisiones de gases de efecto invernadero y como resulta que las compañías eléctricas son dueñas del interés general del país, vamos a poner molinos eólicos indiscriminadamente por todo el territorio, como si no tuviesen un impacto ambiental negativo y como si fuesen la panacea para todos nuestros problemas.

Según el último Informe Anual del Defensor del Pueblo, la Declaración de Impacto Ambiental es un instrumento para la preservación de los recursos naturales y la defensa del medio ambiente que no puede convertirse “en una autorización -más o menos discrecional- para impactar”. Pero parece que, llegado el momento, el medio ambiente y los recursos naturales deben supeditarse al interés monetario de unos pocos, a ser posible, con la connivencia de los poderes públicos.

Con carácter previo a la Evaluación de Impacto Ambiental, la legislación ambiental tiene prevista la Evaluación Ambiental Estratégica. Me pregunto si se habrá tenido en cuenta a la hora de sentenciar a favor de las instalaciones eólicas. En particular, considerando las posibles alternativas al problema energético, incluidos sus correspondientes empleos verdes y flujos monetarios, puede que la opción de ocupar el territorio con molinos no sea estratégicamente óptima.

El problema no son los molinos: son los gigantes, amigo Sancho. El problema es obtener y distribuir energía. Y hay muchas formas de resolverlo, entre otras mediante un modelo descentralizado, que genere la energía a partir de recursos disponibles en los puntos de consumo: sol y viento. Plantemos las azoteas y fachadas de los edificios, naves industriales y cualquier infraestructura susceptible de recibirlos, con paneles solares y molinos para microgeneración.

Espero que, aun siendo demasiado tarde, a la vista de las consecuencias ambientales, económicas, sociales, culturales y de toda índole, de la actuación de nuestros gestores seamos capaces de exigirles las debidas responsabilidades y que paguen en tiempo y forma por el expolio al que nos están sometiendo, a cuenta de una crisis económica en la que nos han metido, precisamente, para tener las manos libres y callarnos las bocas.

10jul/090

La autovía de Molina a información pública

Hoy se ha publicado en el BOE el anuncio del Procedimiento de Información Pública del Estudio Informativo "Conversión en autovía del itinerario de la carretera N-211 entre Alcolea del Pinar y Monreal del Campo".

Durante los próximos 30 días podrán presentarse podrán presentarse las alegaciones y observaciones que se consideren, tanto en relación con el trazado según la normativa vigente como a los efectos establecidos en el Real Decreto 1/2008 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos.

La noticia también se puede leer aquí.